Reorganización empresaria y fraude fiscal

·       Es preciso distinguir diferentes situaciones, ya que hay empresas que:

        ·        operaron primero normalmente dentro del sistema y en tiempo posterior:

1.1.surgieron dificultades para su desenvolvimiento.

1.2. decidieron la reorganización empresaria para no cumplir con sus obligaciones.

                     En uno u otro caso cayeron en evasíon del pago de las obligaciones fiscales

                     2. desde un primer momento han operado con fraude fiscal. Las maniobras posteriores son para tapar mejor lo que hicieron antes.

         B. Maniobras fraulentas de evasión fiscal:

·        en la transferencia del stock: supone el pago de impuesto al valor agregado (IVA), ingresos brutos (IB) e impuesto a las  ganancias (G).                 

         Se vende el stock y la sociedad que va a cesar en su actividad no declara el IVA venta y la que compra o va a tomar el lugar de la primera, con diferente nombre, etc.,etc., o sea la nueva,  sí declara en su favor IVA compra,  IB y G.

         De esta manera, la sociedad vieja no tributa y omite incluso la denuncia de la venta.

·        vaciamientos parciales de activos (reemplazar un camión nuevo por uno viejo); tomar créditos abultados a alta tasa y reemplazar a activos valiosos por disvaliosos;

·        operaciones con la intervención de sociedades intermediarias que se quedan con las ganancias. La sociedad cuyos directivos organizan el negocio no recibe beneficio o tiene pérdida; la rentabilidad queda en manos de terceros (los propios socios en sociedades controladas, con otros socios o testaferros)

·        presentación en concurso preventivo de acreedores o en quiebra. Es un vaciamiento más disimulado, con créditos falsos y desaparición de activos.

         Actúan un Directorio o socios de una SRL muy hábiles. Cuando los acreedores –entre ellos la AFIP- quieran ejecutar los créditos no hay activos.

 ·        importaciones sobrevaluadas de maquinarias o de materia prima. Con ese fin se obtienen créditos, que no se pagan o sólo sirven para impedir que queden ganancias. Las diferencias se perciben directamente con la compra e importación.

                 

C. Formas de no pagarle al Fisco.

 o       haciendo desaparecer el dinero necesario para el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Con las maniobras antes señaladas (vaciamiento, negocios con ganancias afuera, abultamiento de costos, etc.) desaparece o se torna efímera la tributación.

o       cuando la sociedad ni siquiera cuida las formas, directamente opera en negro, vende con IVA  y no lo declara, no presenta declaraciones juradas, actúa como si no existiera o si no tuviera actividad alguna

  D.  Quiénes intervienen en las maniobras de evasión.

                                         o       Cambia el directorio o desaparecen de escena los socios “responsables” o que tienen algo que perder. Son reemplazados por:

§        insolventes que asuman la responsabilidad (jubilados, enfermos con poca vida útil posterior, desocupados, empleados jerarquizados en apariencia con el pretexto de que el reemplazado sufre una inhabilitación anterior);

§        clones con mención de documentos de identidad (perdidos o sustraídos a personas que nada saben de su intervención en las sociedades) y la foto del que va a asumir esa identidad falsamente.

        

                   E. Empresas en permanente fraude

                             1. Se constituyen con insolventes

El dueño verdadero se maneja con un poder general

o       Especulan con que las empresas nuevas por lo general no tienen inspecciones durante el primer año; cuando hay que presentar balances, rendir cuenta del pago de impuestos, se la deja morir por inacción o quiebra.

o       Cambian de domicilio en forma real o ficticia; ponen como domicilio el de su estudio contable o jurídico;

o       Cuando cuando compran sociedades con antigüedad:

 

§        dejan el domicilio donde habían sido constituidas anteriormente;

§        no les preocupa que tengan historia (juicios en su contra, problemas impositivos, etc.), porque ellos se la van a hacer más grande.

§        Se compran sociedades que están en etapa de cese de actividades o liquidación porque el mercado no les dió más oportunidades, pero que operaron bien, sin problemas fiscales.

§        Se las recicla, con nuevo directorio y, sin antecedentes negativos, pasan a operar sin que tengan detrás problemas todavía con la AFIP.

§        Los costos son otra ventaja: constituir una sociedad anónima cuesta un mil pesos. Formada para el fraude, no paga impuestos. Es el único costo.

 

Quiénes colaboran. Se trata de un submundo donde conviven:

             Fabricantes de facturas apócrifas

 

§        Falsificadores de documentos de identidad

§        Escribanos que certifican documentación sin verla o con fecha antidatada

§        Gente que tiene acceso a legajos internos de la DGI, de Rentas, de IGJ, donde sacan o ponen datos o páginas de los legajos.

§        Gente con acceso a los sistemas de computación para borrar obligaciones fiscales o de otros tributos

§        Gente con sellos bancarios truchos o conexiones con cajeros infieles, que sellan boletas cobrando un porcentaje o comisión.

  

o       Cuando las empresas tienen problemas fiscales serios depende de quienes estén al frente.

 

                    A) personas que quieren reaparecer más tarde;

                    B) quebrados e insolventes, personas sin destino. Dejan morir a la empresa sin tomar decisiones de quiebra o cualquier otra.

 

                            8. Aprovechamiento del bloqueo fiscal (11.683,Art. 117, según reforma introducida por la ley 23.905).

 

                                      Cuando una sociedad tiene problemas (Año 1);

                                      No opera por el año siguiente (Año 2);

                                      Vuelve a operar un año más tarde (Año 3).

                                      Con un balance del año anterior (Año 2) que no trae complicaciones y bloquea al primer período fiscal, el desprolijo (Año 1).

                                       Mientras la sociedad con problemas no opera, sale al mercado una sociedad nueva, que en su primer tiempo no será inspeccionada; después se deja de operar con esta segunda sociedad durante un año y se retoma a la primera que estuvo un año inactiva.

                                       Si la primera sociedad era gran contribuyente, a la segunda, obviamente, se la anota como una sociedad cualquiera.

                             9. Pérdida de documentación contable, con denuncia de hurto o extravío. Dificulta el control, pero no lo impide: la DGI puede basarse en parámetros tales como resúmenes de cuenta bancaria (pedidos al banco), circularización de clientes y proveedores (si logra establecer cuáles son), relevamiento de personal, toma de inventarios. Con eso hace una estimación de oficio, difícil de discutir.

·           Delitos tributarios en que se incurre

         1º.  Evasión simple (2 a 6 años de prisión) hasta $ 100.000 x cada tributo y por ejerc.anual (Art. 1 de la ley 24.769).

         2º.  Evasión agravada (3 años/6 meses a 9 años)

·       superior a $ 1.000.000 (Art.2.a)

·       personas interpuestas para ocultar identidad + $ 200.000 (Art. 2.b)

·       utilización fraudulenta de beneficios, diferimientos, exenciones + $ 200.000 (Art.2.c).

3º. Aprovechamiento indebido de subsidios (3.6. a 9 años).

4º. Obtención fraudulenta de beneficios fiscales (1 a 6 años)

7º. Evasión previsional simple (2 a 6 años) No pago de aportes y contribuciones del sistema de seguridad social.

8º. Evasión previsional agravada (3.6 a 9 años)

·       monto evadido + de $ 100.000

·       personas interpuestas + $ 40.000

10º. Insolvencia fiscal fraudulenta (2 a 6 años)

11º. Simulación dolosa de pago (2 a 6 años).

12º. Alteración dolosa de registros (2 a 6 años)

volver